sábado, 5 de febrero de 2011

NORMAS COMPLEMENTARIAS PARA ACTIVIDADES EN INSTITUTOS Y DE EDUCACIÓN SUPERIOR 2011

Con la finalidad de Normar las Actividades Académicas y Administrativas de los institutos y Escuelas de educación Superior, la Gerencia Regional de Educación de Arequipa, mediante la Dirección de Gestión Pedagógica-Educación Superior ha emitido la Directiva Nº52-2010-GRA/GGR-GREA-DGP-ES.

Cabe señalar que la presente Directiva será también de cumplimiento de las Escuelas Superiores de Formación Artística, del mismo modo, continuarán aplicando las Normas y dispositivos vigentes en su respectiva área, el Personal Directivo, Jerárquico, Docente y administrativo de los Institutos Pedagógicos, Tecnológicos y Artísticos, deberán tener en cuenta en forma estricta lo dispuesto en la Ley 29394, su Reglamento y demás Normas emitidas por el Ministerio de Educación/DIGESUTP, en el presente año.

V.- DISPOSICIONES ESPECÍFICAS
5.1 La Gerencia Regional de Educación de Arequipa mediante la dirección de Gestión Pedagógica-Educación Superior, efectuará acciones permanentes de supervisión, Monitoreo y Seguimiento Educacional, en base al presupuesto disponible; en las Instituciones de Educación superior del ámbito de la Región Arequipa.
5.2 Se procederá, en concordancia con las Normas Nacionales, a la revisión del Proyecto Educativo Institucional (PEI), que está integrado por el Plan Operativo Anual o el Plan anual de Trabajo y el Reglamento Institucional, que son fundamentales en la elaboración de los documentos de Gestión Educativa del presente año y su proyección para el próximo; contando siempre con el apoyo de los lineamientos de Planificación Estratégica.
5.3 La Institución de Educación Superior Tecnológico tanto Público como Privada, del ámbito de la Región de Arequipa; deben contar para su normal funcionamiento con Resolución de Revalidación en donde se fijan las Metas de Atención, el Director de la Institución y el local de funcionamiento oficialmente autorizado. La aprobación de sus Nóminas de Matricula se hará siempre y cuando se acompañe una copia del Acta del Examen de Ingreso debidamente firmada por las autoridades y en donde obligatoriamente participará el especialista de Educación Superior.
5.4 Las Instituciones de Educación Superior del ámbito de la Región Arequipa, de acuerdo a Ley, deben tener su propio local en donde no funcione otra Institución Educativa.
5.5 Las Instituciones de Educación Superior Tecnológico Públicos y Privados, del ámbito de la Región de Arequipa, que hayan REVALIDADO su autorización de funcionamiento Institucional y de cada una de las Carreras Profesionales con Resolución Directoral emitida por el Ministerio de Educación, podrán solicitar la aprobación de Metas de Ingresantes para el año 2011.

Las Instituciones que NO hayan revalidado sus autorizaciones de funcionamiento institucional y de cada Carrera Profesional, no podrán solicitar la aprobación de Metas de Ingresantes para el año 2011.

No se aprobarán Metas de Ingresantes para el año 2011ª los Institutos y Escuelas Superiores Tecnológicos Públicos y Privados que se encuentren comprendidos en las siguientes observaciones:

a) Los que han dejado de funcionar por un periodo mayor de dos (02) años sin autorización de receso y reapertura.
b) Los que funcionen en locales NO autorizados.
c) Los que hayan funcionado interrumpidamente y no acrediten la conformidad y la vización de Nóminas de Matricula del Semestre 2010-I y Actas consolidadas de Evaluación Académica del Semestre 2010-I.
d) Sólo se incrementarán las Metas de Atención a aquellas instituciones que acrediten haber ampliado las instalaciones (aulas, laborales y talleres) y adquirido mayor equipamiento.
Para determinar la Meta de Atención de Ingresantes 2011, LA Gerencia Regional de Educación de Arequipa, considerara lo siguiente:

1.- Cálculo de la capacidad del local institucional (En caso de los Institutos Revalidados la R.D. consigna la capacidad máxima) Para ello se deberá dividir el área del aula, laboratorio o taller seleccionado para cada Carrera Profesional entre los índices siguientes, según corresponda:
-1,2 para las aulas
-2,0 para laboratorios de cómputo, idiomas, diseño gráfico y publicitario.
-2,5para otro tipo de laboratorio (enfermería, análisis físicos y químico, etc).
-A partir de 5,0 para talleres de computadoras y de las carreras de Mecánica de Producción, Automotriz y de Motores, Cocina, Bar y Coctelería, Fisioterapia y Rehabilitación, Construcción, Guía turismo, Caminata y Montañismo, etc).

Considerar la menor y mayor capacidad de las aulas, laboratorios y talleres de acuerdo a lo siguiente:
- La menor área de un aula de 24 m2 y su capacidad mínima es de 20 estudiantes. La mayor capacidad máxima podrán que podrán ingresar en un aula cuya área supere los 48 m2 es de 40 estudiantes.
La capacidad mínima de un laboratorio o talleres es de 20 estudiantes y la máxima es de 40, caso supera los 50 m2.
La meta anual de una Carera Profesional será la capacidad del laboratorio o taller nuevo que ha implementado para el año 2011 para cada Carrera Profesional.

Las Instituciones de Educación Superior del ámbito regional que soliciten nuevas Metas deberán remitir la información sobre la ampliación de sus instalaciones, mobiliario y equipamiento como Declaración Jurada y en formato que se anexa a la presente.

El plazo para la presentación de la solicitud de Metas de Atención de Ingresantes 2011 será hasta el 20 de febrero del 2011, sin prorroga alguna. Los requisitos para dicho trámite serán:

1.-Solicitud dirigido a la GREA.
2.-Copia de la R.D. de Revalidación Institucional y de Careras Profesionales, en caso de ser autorizados hasta el año 2000.
3.-Copia de la solicitud de Revalidación Institucional y de Carrera Profesional presentada ante el Ministerio de Educación a partir del año 2001 y que han cumplido seis años de emitida la Resolución de autorización.
4.-Constancia emitida por la Oficina de Secretaria General, Equipo de Matriculas, Actas Certificados y Títulos que acredite la conformidad y la vización de las Nóminas de Matricula del Semestre 2010-I-II y Actas Consolidadas de Evaluación Académica del Semestre 2010-I.
5.-Cuadro de Egresados de los años 2009 y 2010.
6.-Cuadro de Docentes 2010 y 2011-1.
7.-Ficha de Infraestructura Educativa emitida por la DGI-IE, considerando la capacidad máxima de atención por cada aula sólo para nuevas Carreras Profesionales.
8.-Plano o croquis de las aulas con la cantidad de atención. Sólo para nuevas Carreras Profesionales.
9.-Copia de la R.D. que reconoce al Director de la Institución.
10.-Recibo de Pago (sólo Privados).
11.-Una vez otorgada la Meta de Atención de Ingresantes anual, correspondiente al año 2011, no hay ampliación de Metas durante los meses siguientes.

Radio Universidad 980AM
Por: MVE
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