Reportaje
En octubre de 2023 se realizaron intervenciones policiales a campamentos mineros. Siete meses después, el panorama no ha mejorado. John Chipana, alcalde provincial, acepta no haber hecho nada, argumentando que los comuneros se acogen a la Ley de Comunidades Campesinas.
La Reserva Paisajística de la Subcuenca del Cotahuasi es prueba de que la provincia de La Unión ha sido bendecida por la naturaleza. Sin embargo, una de las bondades se ha convertido en “maldición”. Hasta el mes de mayo, han sido detectados 18 puntos de minería ilegal. Comuneros de la zona están involucrados. El oro es el denominador común de problemas ambientales, sociales y económicos.
La actividad ilícita fue alertada por John Machaca Centty, jefe de la Reserva Paisajística Subcuenca del Cotahuasi. En lo que va del 2024 se identificaron dichas actividades entre los distritos de Sayla y Tauria. Según Machaca Centty, son los mismos comuneros quienes se dedican a esta labor.
El especialista indicó que la estrategia a seguir comienza con el diálogo entre autoridades distritales, regionales y pobladores. Con ello, se podrían establecer acciones de formalización. Para Machaca Centty, los principales perjuicios son causados por el traslado del material, puesto que se abren nuevos caminos sin control alguno. La fiscalización y control permitirá que se aprovechen los recursos y no se afecte la conservación del área protegida.
ALCALDE PROVINCIAL SE MANTIENE AL MARGEN
“Esperamos que entre las autoridades de la provincia de la Unión, nuestro alcalde provincial Alfonso Chipana y los 11 alcaldes distritales podamos tomar un acuerdo para apoyar alguna medida que vaya de la mano entre el aprovechamiento formal y la conservación de los recursos naturales”, indicó Machaca Centty, el 20 de mayo.
Pese a la recomendación del especialista, a día de hoy, las cosas siguen igual. El equipo de Revelación conversó con Alfonso Chipana Nuñuri, alcalde provincial de La Unión. Sin embargo, el burgomaestre evitó reconocer responsabilidades, señalando que el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SERNANP) se encarga exclusivamente de ello.
“Cómo municipalidad provincial, la verdad no estamos viendo nada de ese tema”, agregó. Para Chipana Nuñuri, órganos de su municipalidad como el comité de Gestión de Área Natural Protegida, el comité Ambiental Provincial y la oficina de Promoción Agraria,Pymes, Turismo y Medio Ambiente, no tienen injerencia sobre el tema. Irónicamente, la reserva natural en cuestión alberga las actividades económicas más reconocidas de La Unión.
COMUNEROS SE ACOGEN A LEY DE COMUNIDADES CAMPESINAS
Otro de los argumentos de Chipana Nuñuri, es que no puede intervenir debido a la existencia de la Ley N° 24656. El dictamen publicado en 1987, reconoce a las comunidades campesinas como instituciones democráticas y autónomas. Dándoles facultades de organización y en este caso, libertad en la administración para el uso de tierras.
En el artículo 15 se habla a precisión del tema. Se explica que se pueden otorgar concesiones para que los comuneros puedan aprovechar recursos minerales que se encuentren en terreno de su propiedad. La norma se compromete con brindar apoyo, así como permitir la asociación de pobladores con empresas externas para trabajar en dicha actividad. Por ello, la propuesta formalizadora de Machaca Centty, no parece tan lejana.
Sin embargo, los recursos naturales también han sido motivos de disputa. El oro no solo ha causado la aparición de mineros ilegales, también ha dado pie a enfrentamientos. Chipana Nuñuri indicó que hace dos semanas, se registraron enfrentamientos entre comuneros de Sayla y Tauria, quienes tratan de imponer dominio sobre los puntos a extraer el recurso.
NORMATIVAS
Según la ley de Áreas Naturales Protegidas, Ley N° 26834, crea el Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado, es decir establece la creación, administración y gestión de las áreas protegidas en el país, con el fin de conservar la biodiversidad y los ecosistemas más representativos del país. Además esta ley en estas áreas prohíbe cualquier actividad que afecte la conservación de la biodiversidad y los ecosistemas, incluyendo la actividad minera.
Por otra parte, la Ley General de Minería, Ley N° 27651, que regula la actividad minera en Perú establece las normas y procedimientos para la exploración, explotación, beneficio, y cierre de minas en el país. Esta ley también establece las obligaciones de los titulares de concesiones mineras en cuanto a la protección del medio ambiente, la seguridad, salud de los trabajadores y establece los lineamientos para su desarrollo sostenible, respetando el medio ambiente y los derechos de las comunidades aledañas a los proyectos mineros.
Además de estas leyes, existen otras normativas y reglamentos que complementan la normatividad en minería y áreas protegidas en Perú, como el Reglamento de Seguridad y Salud Ocupacional en Minería, el Reglamento de Protección Ambiental para Actividades Mineras, y el Reglamento de Fiscalización y Control de las Actividades Mineras, entre otros.
Mijael Becerra Gonzales, presidente de la Asociación Internacional de Minería, Medio Ambiente y Tecnología, destacó las serias implicaciones ambientales de la minería ilegal en la región. Según Becerra, esta actividad se realiza sin ningún tipo de control ni estándares, utilizando maquinaria y químicos inapropiados que contaminan el suelo y las aguas sin tratamiento adecuado.
La minería ilegal persiste debido a procesos de formalización largos y complicados, la falta de concesiones completas y el abandono de ciertas áreas por parte del gobierno, lo que facilita la incursión de organizaciones criminales en estas actividades.
Además, Becerra explicó que los comuneros involucrados en la minería ilegal enfrentan serias sanciones legales, especialmente si se les encuentra en posesión de explosivos obtenidos ilegalmente. Recientes propuestas de ley buscan endurecer estas penalidades y eliminar a los infractores del proceso de formalización.
ANTECEDENTES
En esta línea de normatividades que establecen procedimientos para la protección del medio ambiente, en el 2018, las autoridades ambientales tomaron cartas en el asunto ante la creciente amenaza que representaba la minería ilegal en la Reserva Paisajística Subcuenca del Cotahuasi. La actividad de mineros ilegales en 17 sectores declarados intangibles por ley, se había vuelto una preocupación apremiante. Más de 200 mineros ilegales persistieron en extraer oro del subsuelo en seis distritos: Sayla, Tauría, Toro, Pampamarca, Huaynacotas y Puyca, situados en las partes altas de la provincia.
La situación se complicó aún más durante ese año. El entonces gerente regional de Energía y Minas, Álvaro Sucapuca, reportó que no existían procesos de formalización en las zonas protegidas y no se habían otorgado permisos para la explotación en La Unión. Frente a esta problemática, el subprefecto de la provincia, Leonidas Vera, señaló que la Policía realizó operativos para contener las actividades ilegales, aunque admitió que no había suficientes agentes para abordar el problema de manera adecuada. El Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SERNANP) monitoreó constantemente los lugares de extracción, enviando informes al Ministerio Público en Arequipa, pero no obtuvieron respuesta.
El 4 de noviembre de 2021, la Fiscalía Especializada en Medio Ambiente dirigió un operativo en un campamento de minería ilegal situado a 4,800 metros sobre el nivel del mar. Durante la operación, se encontraron dos bocaminas, varios albergues rústicos con diversas máquinas y grupos electrógenos, así como una gran cantidad de bienes domésticos, evidenciando que personas habitaban la zona en busca de oro. Tras el operativo, se ordenó la destrucción de todo el campamento. La Fiscal Provincial de la Fiscalía del Medio Ambiente Carolina Cáceres Zúñiga, junto a los fiscales adjuntos Jorge Mattos Alcázar y Renato Loayza Luna, y un contingente policial de más de 100 agentes, se desplazaron hasta el distrito de Tauría en Cotahuasi para realizar las labores de interdicción.
En 2023, la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental de Arequipa, bajo la dirección de la Dra. Carolina Cáceres, llevó a cabo otro operativo contra la minería ilegal en la misma reserva. Este operativo formó parte de la investigación sobre la supuesta presencia de mineros ilegales en el sector de Tartacpo. Como resultado, se logró la interdicción de insumos y maquinarias utilizados para la actividad ilícita. Según la carpeta fiscal, en enero de 2020, el SERNANP había informado sobre la presencia de personas ajenas a la zona dedicándose a la minería ilegal. Sin embargo, en 2023, la Fiscalía recibió una nueva denuncia sobre la presencia de mineros ilegales en el mismo lugar.
Durante la diligencia fiscal, se encontró un campamento ilegal con tres bocaminas, motores, herramientas, maquinarias y toneladas de material aurífero listo para ser comercializado. Esta operación demostró la escala del problema de la minería ilegal en la Subcuenca del Cotahuasi, subrayando la necesidad de una vigilancia constante y una respuesta efectiva con base en las normativas establecidas para proteger estas áreas naturales de valor incalculable.
La minería ilegal no cumple con ninguna normativa administrativa, técnica, social ni ambiental. Esta actividad se lleva a cabo utilizando maquinaria prohibida y operando en lugares no permitidos, uno de los impactos más significativos es la deforestación, especialmente en áreas que albergan una gran biodiversidad, donde la restauración a las condiciones originales es poco probable.
En muchas ocasiones, son los comuneros quienes participan en la minería ilegal debido a varias razones como: la falta de oportunidades económicas, la atracción de ingresos rápidos, la proximidad a recursos naturales, la desinformación sobre los impactos negativos, entre otros. Lo que conlleva a que cada vez sean pocas las personas quienes denuncian estos hechos.
La minería ilegal, sin lugar a dudas, ocasiona enormes impactos negativos en ANP como la destrucción de hábitats y la extinción de especies de flora y fauna, muchas de las cuales son endémicas y se encuentran en riesgo. Esta actividad provoca la contaminación del agua al utilizar sustancias como el mercurio y el cianuro, que envenenan ríos y cuerpos de agua, afectando tanto a la vida acuática como a las comunidades humanas que dependen de estos recursos para sus necesidades de consumo y riego. Además, debido a malas prácticas, puede resultar en la pérdida de fertilidad del suelo.
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