La Superintendencia de Transporte
Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (Sutran) recuerdan a los
transportistas de carga y mercancías que están prohibidos de realizar el
servicio de transporte terrestre de personas durante el Estado de Emergencia
Nacional.
El Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, a través de la Sutran, exhorta a los transportistas de carga y
mercancías abocarse exclusivamente al rubro de abastecimiento y a su respectiva
cadena de operaciones.
El Decreto Supremo N° 044-2020-PCM que
declara el estado de emergencia, así como su posterior prórroga, suspenden el
transporte interprovincial de pasajeros por medio terrestre, aéreo y fluvial
para evitar la propagación del coronavirus. Esta prohibición debe ser cumplida
hasta el próximo 12 de abril.
Los transportistas que hagan caso omiso a
las disposiciones serán sancionados según lo establecido de acuerdo a ley.

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