Mediante convocatoria pública, la UNSA anunció la realización del concurso de nombramiento de docentes ordinarios en la categoría auxiliar para un total de 36 plazas, de los cuales02 plazas son para docentes auxiliares de 10 horas, 12 plazas para docentes auxiliares de 20 horas y 23 plazas para docentes auxiliares a tiempo completo en diversos Departamentos Académicos. El cronograma señala que la venta de bases será hasta el 25 de julio y la presentación de expedientes el 25 de julio, mientras que la publicación de postulantes inscritos el 26 de julio. La evaluación de expedientes por los Departamentos Académicos hasta el 31 de julio, publicación de resultados y observaciones el 01 de agosto en tanto que la absolución de observaciones el 02 de agosto.
La aprobación del Departamento Académico y presentación de expedientes al Decanato el 03 de agosto, la revisión por el Consejo de Facultad, si hubieran observaciones, devolución a los Departamentos para su rectificación o ratificación del 04 al 07 de agosto, mientras que la aprobación del Departamento Académico, en caso de rectificación o ratificación el 08 de agosto, la publicación del ranking de resultados por el Consejo de Facultad y sorteo de balotas el 09 de agosto, mientras que la evaluación de la clase magistral del 10 al 11 de agosto. La aprobación en Consejo de Facultad el 14 de agosto y la Remisión de los Expedientes al Vicerrectorado Académico el 16 de agosto.
El pago de derecho de postulación será de S/ 100.00 soles en las cuentas del Banco de Crédito Cta. 215-1588792019 o Cta. del Banco de la Nación Cta. 101202992 siendo la entrega de bases hasta el 25 de julio en Caja de la UNSA ubicado en Calle Moral 316 de 09 a 14 horas. El reglamento para concursos de contratos docentes señala que los requisitos para la docencia universitaria son: a) poseer título profesional y grado académico de magister o doctor, b) acreditar como mínimo tres años de experiencia profesional, c) estar colegiado y habilitado para ejercer la profesional por el Colegio Profesional respectivo, d) no adolecer de enfermedad mental p incapacidad física que le impida el ejercicio de la docencia, e) no haber sido condenado por delito doloso, y, f) no haber recibido sanción de separación o destitución de cargo público.
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