La Gerencia Regional de Educación de Arequipa, *comunica a los Directores de UGELs y de las II.EE de la Región Arequipa, que dentro del marco de ejecución de la Resolución Ministerial, N°627-2016-MINEDU y oficio Mult.N°250-2017-GRA/GREA-G, se recomienda las siguientes acciones:
1. Las II.EE. públicas y privadas deben elaborar el Plan de Gestión de Riesgos de desastres, articulado como anexo al Plan Anual de trabajo de las IE, el cual contiene acciones de prevención reducción y los Planes de Contingencia por amenaza o peligro.
2. Las II.EE. Identificaran las amenazas a su seguridad y conformara brigadas frente al riesgo, en coordinación con el CONEI, la APAFA y miembros de la comunidad local.
3. No deberán exponer a los estudiantes a la radiación solar o a condiciones climáticas adversas. Asimismo, se recomienda que la actividad diaria de formación tenga una duración máxima de 15 minutos.
4. A partir de día 02 de mayo del 2017*, se desarrollara las acciones pertinentes con la finalidad de que las Directores de las UGELs e Instituciones Educativas, Públicas y Privadas, ejecuten su Plan de Contingencia de Heladas y Bajas Temperaturas, tomando en cuenta los escenarios de riesgos propios del ámbito jurisdiccional.
5. Que la modificación de horarios de las Instituciones Educativas Públicas y Privadas se realice en los casos de que se requiera y por medida de protección de la vida y salud garantizando la salvaguarda de la integridad física de los estudiantes.
6. La GREA, recomienda, el uso de ropa abrigadora adecuada a la temporada que se vive (chalina, guantes, chompa, suéter entre otros), se prioriza al uso del uniforme.
7. La comisión de Educación en Salud de las UGELs e Instituciones Educativas deberán utilizar los medios de comunicación efectivos para informar a los padres de familia de las medidas que deben ejecutar para
evitar las enfermedades respiratorias de los estudiantes, considerados como un grupo de riesgo.
8. La Comisión de Educación en Gestión de Riesgo de Desastres de las UGEL e Instituciones Educativas estarán atentos a las alertas meteorológicas, a fin de disponer las acciones que sean adecuadas.
9. Los quioscos escolares expenderán bebidas tibias o calientes y las loncheras deberán contener los alimentos apropiados.
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