Ante el anuncio por parte del Ministerio de salud, de que comenzará la distribución de la llamada “píldora del día siguiente” que contiene el producto químico Levonorgestrel, en establecimientos públicos de salud del Perú, es que los integrantes de la Asociación Médicos por la Vida, emitieron un pronunciamiento en el cual en base al conocimiento científico actual y los principios éticos que deben regir el correcto actuar médico, resaltan la capacidad abortiva del mencionado producto.
El presidente de la asociación, Dr. Rafael Salas Manrique, indicó que: “Nuestro Pronunciamiento se basa en que la ciencia médica demuestra que la vida humana se inicia en la fecundación (concepción) y en que esta realidad está también recogida en la Constitución Política del Perú que reconoce derechos al concebido. Se basa también en bibliografía médica que explica que el levonorgestrel tiene efecto antiimplantatorio. La Food and Drug Administration (FDA) de los Estados Unidos de América y los mismos productores del levonorgestrel reconocen que éste tiene la capacidad de impedir la implantación del concebido”.
De la misma manera los especialistas médicos concuerdan en que se debe respetar la sentencia del Tribunal Constitucional emitió la sentencia sobre el expediente N.º 02005-2009-PA/TC, ordenando al Ministerio de Salud abstenerse de realizar la distribución gratuita de la “píldora del día siguiente” a nivel nacional. “Desde la emisión de dicha sentencia hasta la actualidad, no hay evidencia científica que niegue el efecto anti implantatorio; más aún, existen múltiples publicaciones médicas que indican que no es posible que el efecto anovulatorio y la limitación en la movilidad espermática causen la totalidad de los efectos del levonorgestrel; y explican la presencia de un “tercer efecto” anti implantatorio, lo que ocasiona que el concebido no se pueda implantar en el endometrio, se produzca un aborto y muera”, afirmó el presidente de Médicos por la Vida.
Asimismo, concuerdan los miembros de la asociación a exigir que el Ministerio de Salud interponga los recursos para rechazar la mencionada resolución del Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima que dispone la distribución del levonorgestrel. En caso contrario, requieren que se publique la supuesta evidencia científica que demuestre de manera fehaciente que este medicamento no actúa en ningún caso impidiendo la implantación del embrión. “En un país como el nuestro, en que los recursos económicos destinados a la salud son limitados, no deja de llamar la atención que, existiendo reales y graves problemas de salud pública que afectan a amplios sectores de la población peruana, en lugar de atender a los mismos, el Ministerio de Salud, gaste el dinero de nuestros impuestos con fines que no responden a las verdaderas urgencias de los más pobres y desfavorecidos del país”, termina por decir el Pronunciamiento.
Sobre la carta Abierta y el pronunciamiento, los galenos indicaron que harán llegar al Presidente de la República el documento para que lo tenga presente, por cuanto también exigen que se tomen en consideración las posiciones éticas del personal de salud que se verá afectado en su primordial deber que es defender y salvaguardar la vida de los pacientes, al administrar de manera indiscriminada el producto que también afectará de manera irreversible a las mujeres que lo consuman en dosis mayores, por cuanto no hay capacidad tecnológica en el MINSA para verificar el uso de la píldora por parte de la solicitante.
De la misma manera los especialistas médicos concuerdan en que se debe respetar la sentencia del Tribunal Constitucional emitió la sentencia sobre el expediente N.º 02005-2009-PA/TC, ordenando al Ministerio de Salud abstenerse de realizar la distribución gratuita de la “píldora del día siguiente” a nivel nacional. “Desde la emisión de dicha sentencia hasta la actualidad, no hay evidencia científica que niegue el efecto anti implantatorio; más aún, existen múltiples publicaciones médicas que indican que no es posible que el efecto anovulatorio y la limitación en la movilidad espermática causen la totalidad de los efectos del levonorgestrel; y explican la presencia de un “tercer efecto” anti implantatorio, lo que ocasiona que el concebido no se pueda implantar en el endometrio, se produzca un aborto y muera”, afirmó el presidente de Médicos por la Vida.
Asimismo, concuerdan los miembros de la asociación a exigir que el Ministerio de Salud interponga los recursos para rechazar la mencionada resolución del Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de Lima que dispone la distribución del levonorgestrel. En caso contrario, requieren que se publique la supuesta evidencia científica que demuestre de manera fehaciente que este medicamento no actúa en ningún caso impidiendo la implantación del embrión. “En un país como el nuestro, en que los recursos económicos destinados a la salud son limitados, no deja de llamar la atención que, existiendo reales y graves problemas de salud pública que afectan a amplios sectores de la población peruana, en lugar de atender a los mismos, el Ministerio de Salud, gaste el dinero de nuestros impuestos con fines que no responden a las verdaderas urgencias de los más pobres y desfavorecidos del país”, termina por decir el Pronunciamiento.
Sobre la carta Abierta y el pronunciamiento, los galenos indicaron que harán llegar al Presidente de la República el documento para que lo tenga presente, por cuanto también exigen que se tomen en consideración las posiciones éticas del personal de salud que se verá afectado en su primordial deber que es defender y salvaguardar la vida de los pacientes, al administrar de manera indiscriminada el producto que también afectará de manera irreversible a las mujeres que lo consuman en dosis mayores, por cuanto no hay capacidad tecnológica en el MINSA para verificar el uso de la píldora por parte de la solicitante.
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