El Instituto Nacional de Estadística e Informática, informa
que a partir del 01 de junio del 2012, viene ejecutando el Registro Nacional de
Municipalidades –RENAMU-, que fue creado mediante Ley N° 27563, con la
finalidad de integrar la información estadística de las municipalidades
provinciales, distritales y de los centros poblados creados con arreglo a ley.
Informa asimismo, que por Decreto Supremo Nº 033-2002 PCM,
se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Municipalidades (RENAMU) y el
Directorio Nacional de Municipalidades de Centro Poblado Menor (DINAMUCEP),
disponiendo que el INEI esté a cargo de la actualización del Registro Nacional
de Municipalidades y establecerá los procedimientos para su actualización anual
y permanente;
Se establece igualmente, mediante el artículo 15° del
indicado Decreto Supremo, que las municipalidades deben remitir al INEI, cada
año, la información correspondiente al periodo enero-diciembre del año
anterior. Asimismo, señala que las Unidades de Estadística o el personal
encargado de las municipalidades, serán responsables del diligenciamiento de
los formularios del Registro y de la veracidad de los datos que consignan;
En el citado Decreto Supremo, se establece que las
municipalidades que incumplan con la presentación de la información solicitada
en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas conforme a lo dispuesto
por los artículos 87°, 89° y 91° del D. S. Nº 043-2001 PCM y que el pago de la
multa no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la
información solicitada.
Asimismo, se ha establecido mediante Resolución
Jefatural Nº 128-2012-INEI, que el plazo para la entrega de la información del
RENAMU 2012 por parte de las municipalidades a nivel nacional, vence el 31 de
agosto del 2012, en tal sentido, el INEI Arequipa, exhorta a los Municipios
provinciales y distritales y Municipios de centros poblados menores del
departamento de Arequipa, a entregar la información solicitada en la fecha
prevista, en las Oficinas del INEI Arequipa, sito en la calle Santo Domingo 103,
Oficina 406, Arequipa cercado, o remitir los formularios electrónicos a los
siguientes correos electrónicos: cverano@inei.gob.pe, renamu@inei.gob.pe. Las
consultas se reciben en los teléfonos siguientes: 054-282810, RPC 989378193 y
RPM #971325252
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